Mediación de Herencias en Palma
Reparto de herencias y sucesiones. Evita conflictos familiares y bloqueos en la partición de bienes.
El problema
Más del 15% de las herencias en España acaban en litigio (Consejo General del Notariado). Un pleito sucesorio dura una media de 3-5 años y cuesta entre 6.000€ y 30.000€ en abogados, procuradores y peritos. Mientras tanto, los bienes quedan bloqueados: no se pueden vender inmuebles, las cuentas bancarias permanecen congeladas y la situación destruye las relaciones familiares. El Código Civil (arts. 1051-1087) regula la partición hereditaria, pero en las CCAA con derecho foral (Aragón, Cataluña, Galicia, País Vasco, Navarra, Baleares) las legítimas y reglas de sucesión son muy diferentes. Esto añade complejidad legal que la mediación puede resolver de forma más flexible que un juzgado.
La solución
La mediación permite desbloquear herencias en semanas. Nuestra IA Oliva analiza la composición hereditaria, identifica las legítimas aplicables según la vecindad civil del causante (derecho común o foral) y propone repartos equitativos. El acuerdo de partición es vinculante conforme a la Ley 5/2012 y puede elevarse a escritura pública para inscribir inmuebles en el Registro de la Propiedad. El proceso es especialmente útil para herencias con bienes indivisibles (viviendas, fincas rústicas, empresas familiares), donde se requieren soluciones creativas como compensaciones en metálico o adjudicaciones escalonadas.
¿Cómo funciona?
Describe la herencia
Bienes, herederos, testamento... Oliva analiza la situación.
Invita a los herederos
Cada heredero recibe una invitación para participar.
Negociad el reparto
Oliva propone repartos equitativos basados en la ley.
Firmad el acuerdo
Documento de partición con validez legal para el notario.
Mediación de Herencias en Palma
En Palma (Illes Balears), la mediación está regulada por la Ley 5/2012 de mediación en asuntos civiles y mercantiles. Con la nueva LO 1/2025, el intento de mediación es requisito previo para muchas demandas judiciales. En Baleares se aplica la Compilación de Derecho Civil propio (DL 79/1990), con diferencias incluso entre islas: en Mallorca y Menorca la legítima es de 1/3 (con menos de 4 hijos) o 1/2 (con 4 o más), mientras que en Ibiza y Formentera se aplican reglas específicas.
Más de 416.000 palmesanos pueden acceder a mediación de herencias online con Acuerdio.
Nuestro servicio está disponible también en catalán/valenciano. Todos los documentos y acuerdos pueden emitirse en ambos idiomas oficiales.
Preguntas frecuentes
Reparto de bienes muebles e inmuebles, impugnación de testamento, reclamación de legítimas (arts. 806-822 CC), partición de la herencia (arts. 1051-1087 CC), legados, derechos del cónyuge viudo (art. 834 CC), y cualquier discrepancia entre herederos. También conflictos sobre empresas familiares y bienes indivisibles.
Depende de la vecindad civil del causante (la persona fallecida), no del lugar de fallecimiento ni de donde estén los bienes. En Illes Balears es importante verificar qué normativa aplica, ya que las legítimas y reglas de sucesión difieren sustancialmente entre el derecho común y los derechos forales de Aragón, Cataluña, Galicia, País Vasco, Navarra y Baleares.
La mediación de herencias con Acuerdio empieza desde 99€. Un litigio sucesorio en juzgado cuesta entre 6.000€ y 30.000€ (abogado + procurador + perito tasador obligatorios), dura 3-5 años de media, y mientras tanto los bienes quedan bloqueados. La mediación resuelve en semanas.
Sí. La plataforma permite que todos los herederos participen en el proceso de mediación, cada uno con su acceso independiente y confidencial. Oliva gestiona las propuestas de cada parte y busca un reparto equitativo que satisfaga a todos conforme a la ley aplicable.
Sí. El acuerdo tiene carácter vinculante conforme a la Ley 5/2012. Para inscribir bienes inmuebles heredados en el Registro de la Propiedad, el acuerdo de partición deberá elevarse a escritura pública ante notario (art. 14 LH). Para bienes muebles, el acuerdo es directamente ejecutable.
La mediación puede ayudar a llegar a un acuerdo sobre el reparto incluso cuando hay discrepancias sobre la validez del testamento. Las causas de nulidad (arts. 687-705 CC) pueden negociarse sin esperar la resolución judicial. Si no hay acuerdo, el certificado MASC permite ir al juzgado.
Sí. Cuando no hay testamento, la herencia se reparte según la ley (arts. 912-958 CC): descendientes, cónyuge, ascendientes, colaterales. La mediación es especialmente útil en estos casos para acordar quién se queda con qué bienes concretos, ya que la ley solo establece proporciones, no adjudicaciones específicas.
La mayoría de mediaciones de herencias se resuelven en 2-6 semanas. Un procedimiento judicial de partición puede durar entre 3 y 5 años. Además, durante la mediación los herederos pueden pactar medidas provisionales sobre la administración de los bienes, evitando su deterioro.
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